Las visitas familiares en la cárcel, especialmente las comunicaciones por locutorio, son un derecho de las personas privadas de libertad. Este derecho está recogido en la normativa penitenciaria, que establece las condiciones en las que los internos pueden mantener contacto con sus seres queridos, como familiares, amigos, abogados o representantes religiosos, siempre respetando las medidas de seguridad y con escrupuloso respeto de las normas de cada prisión. En este artículo, te explicamos de manera clara y humana cómo funcionan estas visitas, qué trámites debes seguir, y cómo organizar la visita familiar para que todo se desarrolle sin problemas y la puedas disfrutar de ese momento tan deseado con tu ser querido y con la mayor privacidad posible.

¿Dónde tienen lugar las visitas por locutorio?

Las comunicaciones por locutorio se realizan en la propia prisión donde se encuentra la persona interna. Todos los centros penitenciarios cuentan con locutorios especialmente habilitados para estas visitas. Estos espacios están dotados de medidas de seguridad, como cristales blindados que separan al visitante del interno, permitiendo la comunicación visual, pero sin contacto físico. La conversación se lleva a cabo a través de un telefonillo o un hueco habilitado en el cristal. Aunque puede ser una experiencia emocionalmente difícil, especialmente las primeras veces, este sistema garantiza la seguridad tanto de los internos como de los visitantes.

¿Cuántas visitas por locutorio puede recibir la persona presa?

El Reglamento Penitenciario establece que los internos pueden disfrutar de dos comunicaciones semanales, cada una de 20 minutos de duración. Sin embargo, por motivos logísticos y de organización interna, muchas prisiones concentran estas visitas en una única sesión semanal de 40 minutos. De esta forma, se facilita la organización de los turnos de visitas y se ahorra tiempo y desplazamientos a las familias, que en muchos casos deben recorrer largas distancias para llegar al centro penitenciario.

¿Quién puede visitar al interno?

Los internos pueden recibir visitas de familiares, amigos, representantes de entidades de cooperación penitenciaria, asistentes sociales y representantes religiosos. Para que estos puedan acceder al centro, es necesario que el interno solicite la autorización correspondiente al centro penitenciario. Los abogados también podemos visitar a nuestros defendidos, aunque en este caso el proceso es diferente y disponemos de locutorios especialmente habilitados o reservados para nuestro trabajo.
El máximo de personas autorizadas para cada comunicación es de 4 familiares o amigos.

¿Qué pasos debo seguir para poder realizar la visita?

El primer paso para poder realizar una visita es que el interno solicite al centro penitenciario que se autorice a sus familiares o amigos para las comunicaciones. Para ello, deberá facilitar una serie de documentos que acrediten la relación con el visitante, como el Libro de Familia y los documentos de identidad (DNI, Pasaporte o NIE) de los familiares que quieran visitarlo o de los amigos. En la mayoría de las cárceles, el interno debe rellenar una Instancia dirigida al Subdirector de Seguridad de la cárcel o al Departamento de Comunicaciones de la prisión, con la documentación mencionada, detallando los datos de los familiares y amigos como nombre, apellidos, dirección, relación con el interno y teléfono.

Una vez autorizados, los visitantes deberán solicitar una cita previa para realizar la visita. Este trámite puede hacerse de dos maneras:

  1. Por teléfono, llamando al número habilitado por el centro penitenciario.
  2.  A través de internet, accediendo a la página oficial de cita previa de Instituciones Penitenciarias.
    Recuerda tener a mano el número de NIS de tu familiar o ser querido porque te lo pedirán junto a tu documentación.

¿Cuál es el horario de las visitas por locutorio?

Las visitas se programan entre el viernes por la tarde y el domingo, en función del módulo en el que esté el interno. Los horarios suelen estar expuestos en los tablones de anuncios de cada módulo para que los internos puedan informar a sus visitantes. Es fundamental llegar con al menos 30 minutos de antelación (en ocasiones se solicita 45 minutos), ya que el acceso al centro penitenciario puede requerir pasar por controles de seguridad y comprobar la identificación.

¿Qué documentación debo llevar el día de la visita?

El día de la visita es imprescindible llevar el documento de identificación que hayas utilizado para solicitar la autorización (DNI, Pasaporte o NIE). Sin este documento, no podrás acceder al centro ni realizar la visita. En algunos casos, especialmente si es la primera visita, puede ser importante llevar también el Libro de Familia.

¿Los menores de edad pueden visitar a un familiar?

Sí, los menores de edad también pueden visitar a sus familiares en prisión, pero deben estar autorizados previamente y siempre deben ir acompañados por sus padres o tutores legales. Además, es aconsejable llevar un documento que acredite la identidad del menor, aunque no siempre se solicite.

¿Hay objetos prohibidos para la comunicación en locutorios?

Si, los hay. No podemos olvidar nunca que estamos en una prisión y que se observan estrictas medidas de seguridad. Las normas penitenciarias prohíben el acceso al locutorio con objetos personales, electrónicos o comida. Tampoco se permite llevar objetos metálicos o peligrosos. En la entrada al centro penitenciario, suelen haber taquillas donde se pueden dejar los objetos personales, como el móvil o las llaves del coche, antes de acceder al locutorio.

¿Hay controles de seguridad antes de entrar al locutorio?

Sí, antes de acceder a la visita, todos los visitantes deben pasar por un control de seguridad. Esto incluye pasar por arcos detectores de metales y, en caso necesario, ser sometidos a un registro personal. Si decides negarte al registro, no se te permitirá acceder al centro. Estas medidas son esenciales para mantener la seguridad dentro del recinto penitenciario y asegurar que las visitas se realicen de acuerdo con la normativa.
En ocasiones esos registros son muy invasivos y desagradables. Es importante no perder la compostura, ni enfrentarse con los funcionarios porque pueden abrir un expediente y sancionarte impidiendo las visitas durante un tiempo.

¿Qué pasa si no he solicitado la cita previa?

Aunque es posible que, en casos excepcionales, puedas realizar la visita sin haber solicitado cita previa, no es lo recomendable. Las prisiones gestionan un número limitado de locutorios y si no reservas tu plaza con antelación, es probable que no puedas realizar la visita.

Consejos útiles para facilitar el proceso de visitar a un familiar en prisión

  1. El interno debe solicitar autorización para sus visitantes.
    Solicitar el permiso por Instancia y facilitar la documentación (DNI, Pasaporte o NIE y, en caso de familiares directos, Libro de Familia) para que la cárcel autorice las visitas.
    En los tablones de anuncios del Módulo en el que vive, hay carteles que le informan de los horarios en los que se autorizan las comunicaciones.
  2. Pedir cita previa para la visita. Puede hacerse por teléfono o a través de internet.
  3. El día de la visita. Llegar con antelación, llevar la documentación necesaria, evitar objetos prohibidos y seguir las instrucciones de la prisión.
    Siguiendo estos pasos, las visitas familiares en la cárcel se desarrollarán de forma ordenada y sin incidentes, permitiendo a las familias compartir momentos importantes con sus seres queridos y esenciales para la persona que está en prisión.

En caso de dudas o problemas con la prisión, recuerda que López Viejo Abogados siempre te acompañará en todo momento y te ayudará a que tu ser querido recupere la libertad, lo antes posible. Estamos especializados en Derecho Penitenciario.

Alberto López Viejo

Abogado y socio director de López Viejo Abogados

Published On: septiembre 29th, 2024 / Categories: Derecho penitenciario, Guías para familiares /