El artículo 80 del Código Penal español introduce una herramienta esencial en el ámbito del Derecho Penitenciario: la suspensión de la pena. Este mecanismo permite al juez, mediante un Auto, decidir que una persona condenada no cumpla efectivamente su pena privativa de libertad, condicionándola a ciertas obligaciones y durante un periodo específico. Esta suspensión, que se aplica de manera potestativa, no es un derecho automático del condenado, sino una facultad discrecional del juez.
Requisitos Objetivos para la Suspensión de la Pena
- Duración de la Pena
El artículo 80.2 establece que, para optar a la suspensión y evitar el ingreso en prisión, la pena privativa de libertad no debe superar los dos años, ya sea individualmente o en conjunto. Sin embargo, si la condena es por impago de una multa (calculada a razón de un día de prisión por cada dos días de multa impagada), esta no se contabiliza para el límite de dos años. Por ejemplo, si alguien tiene una condena previa de tres meses de cárcel por impago de una multa, este tiempo no se sumará para evaluar la posibilidad de suspensión de una nueva condena.
- Primariedad Delictiva
El condenado debe haber delinquido por primera vez. Este beneficio no es aplicable a reincidentes, ya que el Código Penal busca ofrecer una oportunidad de redención y reflexión a los delincuentes primarios, evitando la prisionización como primer recurso disuasorio. Es importante destacar que los antecedentes por delitos leves no se considerarán a la hora de decidir sobre la suspensión de la pena.
- Satisfacción de Responsabilidades Civiles
El condenado debe haber satisfecho las responsabilidades civiles derivadas del delito. Los jueces, entendiendo las dificultades económicas de muchos condenados, suelen ser flexibles, permitiendo el pago en plazos y cantidades razonables. Sin embargo, el incumplimiento de estos acuerdos puede llevar a la revocación de la suspensión y el ingreso la cárcel.
Período de Suspensión y Consecuencias del Incumplimiento
El periodo de suspensión, según el artículo 81 del Código Penal, suele ser de 2 a 5 años, pudiendo extenderse a 3-5 años en casos relacionados con drogodependencia. Durante este tiempo, el condenado no debe cometer nuevos delitos, pues cualquier nueva condena obligaría al juez a revocar la suspensión de manera preceptiva, ordenando el ingreso en prisión.
Reflexión Final
El Código Penal realiza un ejercicio de clemencia con esta disposición, ofreciendo una segunda oportunidad a las personas que han cometido un delito por primera vez, para reintegrarse a la sociedad sin el estigma y las consecuencias de una pena privativa de libertad. Sin embargo, esta segunda oportunidad requiere un compromiso serio por parte del condenado para cumplir con las condiciones impuestas y no reincidir en conductas delictivas.
En conclusión, la suspensión de la pena es una herramienta valiosa en el Derecho Penitenciario, diseñada para evitar la prisionización innecesaria de quienes cometen delitos por primera vez, promoviendo así la reintegración social y personal del condenado. Sin embargo, su éxito depende tanto de la discrecionalidad judicial como del compromiso del condenado con las condiciones impuestas.
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