Obtener el tercer grado penitenciario es uno de los objetivos más buscados
por las personas privadas de libertad en España, ya que supone un régimen
de semilibertad que permite a los internos comenzar a reconstruir su vida
fuera del Centro Penitenciario. Sin embargo, para alcanzarlo, es fundamental
cumplir con una serie de requisitos legales y demostrar un compromiso con
la resocialización y la reinserción social. Este artículo aborda los aspectos
clave para conseguir el tercer grado, su fundamento jurídico, cómo se
interpreta en la jurisprudencia española y cómo desde López Viejo
Abogados podemos ayudarte a conseguirlo.
¿Qué es el tercer grado penitenciario?
El tercer grado es un régimen de semilibertad que permite al condenado
pasar parte del día fuera de prisión, para trabajar, estudiar o participar en
programas específicos de reinserción y puede disfrutar de los fines de
semana y de permisos. Este régimen está regulado en el artículo 72 de la Ley
Orgánica General Penitenciaria, en el artículo 36 del Código Penal, así como
en los artículos 101 y siguientes del Reglamento Penitenciario. Para
obtenerlo, el interno debe cumplir con ciertas condiciones relacionadas con
su comportamiento, tiempo de condena cumplido, grado de peligrosidad y
adaptación al entorno penitenciario.
La importancia del tercer grado: el camino hacia la reeducación, resocialización y reinserción.
La concesión del tercer grado se fundamenta en los principios
constitucionales de resocialización y reinserción de los condenados. Según el
artículo 25.2 de la Constitución Española, «las penas privativas de libertad
estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social». Por tanto, el
sistema penitenciario español tiene como objetivo no solo castigar el delito
por medio del carácter intimidatorio de la condena, sino también preparar al
interno para su reintegración en la sociedad de manera constructiva y
positiva.
1. Reeducación:
La reeducación implica el desarrollo de habilidades, conocimientos y
comportamientos necesarios para que el interno pueda llevar una vida
alejada de los delitos una vez que abandone el Centro Penitenciario. El tercer
grado facilita esta reeducación al permitir al interno asistir a programas
educativos o de formación, tanto dentro como fuera del centro penitenciario.
2. Resocialización:
El contacto con el mundo exterior, que permite el tercer grado, es esencial
para la resocialización. A través de la integración progresiva en la
comunidad, los internos tienen la oportunidad de establecer o restablecer
relaciones familiares, sociales y laborales. Esto reduce significativamente las
posibilidades de reincidencia.
3. Reinserción Social:
La reinserción es el resultado final deseado del proceso de reeducación y
resocialización. El tercer grado facilita esta reinserción al permitir al interno
participar activamente en la sociedad, manteniendo contacto con su entorno
familiar y laboral. Este proceso contribuye a que la persona condenada se
sienta parte de la sociedad, lo que aumenta las probabilidades de que no
vuelva a delinquir.
Requisitos para obtener el tercer grado
Para acceder al tercer grado, es necesario cumplir con ciertos requisitos
establecidos por la Ley, y otros que son recurrentemente exigidos por la
Juntas de Tratamiento, y desarrollar una conducta que demuestre una
actitud positiva hacia la resocialización. Entre los criterios más importantes
destacan:
- Cumplimiento de un tiempo mínimo de condena: Según el artículo 36
del Código Penal, el interno debe haber cumplido al menos una cuarta parte
de la condena impuesta. Sin embargo, en casos de delitos graves o con una
condena por organización criminal, puede ser necesario cumplir un mayor
porcentaje de la pena. - Informe favorable de la Junta de Tratamiento Penitenciario: Esta Junta
evalúa el comportamiento del interno, la asunción del delito cometido, su
participación en actividades de reinserción, el cumplimiento de normas
internas, la evolución personal y el análisis legal de la condena en relación
con el ordenamiento jurídico. - Ausencia de peligrosidad criminal: Es fundamental demostrar que el interno no representa un peligro para la sociedad. Esto se valora mediante informes psicológicos y de conducta.
- Voluntad de reintegración: La participación en programas de tratamiento, actividades formativas, laborales o educativas es clave para demostrar la voluntad de reintegrarse en la sociedad.
- Abono de la Responsabilidad Civil, si la hubiera.
- Arraigo familiar para garantizar el buen uso del tercer grado.
- Oferta de empleo que permita a la persona que está en la cárcel subsistir una vez acceda al tercer grado.
- Permisos penitenciarios: Se valora positivamente el disfrute, sin incidencias, de los permisos propuestos por la Junta de Tratamiento y autorizados por el Juez.
Jurisprudencia Relevante en la Concesión del Tercer Grado Penitenciario
La Jurisprudencia española ha enfatizado en repetidas ocasiones la
importancia del tercer grado como un medio efectivo para lograr la
reinserción social, tal y como lo establece nuestra Constitución. A
continuación, algunos ejemplos significativos:
- Sentencia del Tribunal Constitucional 69/1988: Esta sentencia subraya
que el régimen de semilibertad del tercer grado es una manifestación del
Derecho Fundamental de reinserción social recogido en el artículo 25.2 de la
Constitución española. El Tribunal destaca que cualquier interpretación
restrictiva de este derecho debe ser justificada y proporcional, y no puede
vulnerar el objetivo de reintegración del condenado. - Sentencia del Tribunal Supremo (STS 28/2019): En este fallo, el Tribunal Supremo aclara que la concesión del tercer grado no debe ser percibida como un beneficio, sino como una etapa natural dentro del proceso de cumplimiento de la condena, siempre que se hayan cumplido los requisitos legales. Reafirma que el fin último de las penas privativas de libertad es la reintegración del condenado en la sociedad.
- Sentencia del Tribunal Supremo (STS 24/2014): Esta sentencia destaca la importancia de la participación activa del interno en programas de tratamiento y su buena conducta como factores decisivos para la concesión del tercer grado. El Tribunal subraya que la valoración de estos aspectos debe ser objetiva, teniendo en cuenta el principio de individualización científica.
¿Por qué contar con asesoramiento especializado para obtener el tercer grado es clave?
El proceso para obtener el tercer grado puede ser complejo, con múltiples
etapas de evaluación y posibles obstáculos. Por ello, el mejor medio para
lograr el tercer grado, lo antes posible, es contar con el asesoramiento y
apoyo de un despacho de abogados especializado en derecho penitenciario.
Estos profesionales conocen en profundidad los procedimientos, requisitos
y criterios que rigen la concesión del tercer grado y pueden ofrecer un
asesoramiento integral en cada paso del proceso.
Hay Equipos Técnicos de las Juntas de Tratamiento con visiones
penitenciarias estrictamente punitivas, para los que prima el
cumplimiento por encima de la reinserción y reeducación. Para evitar que se
impongan esas visiones es necesario contar con profesionales del Derecho
que hagan pedagogía individualizada del caso y recurran esas decisiones que
vulneran claramente la Constitución.
- Asesoramiento en todos los pasos: Un abogado especializado podrá
guiar al interno desde el principio, explicándole qué requisitos específicos
debe cumplir, cómo demostrar su rehabilitación y qué programas o
actividades pueden ser más beneficiosos para obtener el tercer grado en el
menor plazo posible - Recursos contra acuerdos perjudiciales: En caso de que la solicitud del tercer grado sea rechazada o se emitan decisiones que no favorezcan al interno, un Despacho especializado tendrá la experiencia necesaria para recurrir dichos acuerdos ante los Tribunales correspondientes, acreditando que los argumentos utilizados por la Junta de Tratamiento no se ajustan al ordenamiento jurídico.
- Preparación de estrategias de defensa personalizadas: Nuestra experiencia en estos casos, nos permite desarrollar la mejor estrategia de defensa para obtener el tercer grado en el menor tiempo posible, ajustando cada detalle de tu caso a los criterios, jurisprudencia y expectativas del Tribunal.
¿Cómo maximizar las posibilidades de obtener el tercer grado?
Desde López Viejo Abogados, recomendamos que, para aumentar las
posibilidades de acceder al tercer grado, es fundamental que la persona en
prisión participe activamente en programas de rehabilitación, demuestre
buena conducta y mantenga una actitud positiva hacia el proceso de
reinserción. Aquí algunas recomendaciones:
1. Participar en Programas de Tratamiento: La participación en talleres,
cursos y programas de tratamiento es vista como un indicador del
compromiso del interno con su proceso de rehabilitación.
2. Mantener una conducta intachable: El respeto por las normas del
Centro Penitenciario, la participación en actividades y el trato correcto hacia
el personal y otros internos son cruciales. Trabajar en el Centro
Penitenciario, vivir en un Módulo de Respeto, no consumir drogas y
demostrar la firme voluntad de resocializarse es el mejor camino para lograr
el tercer grado.
3. Demostrar arraigo social y familiar: Mantener vínculos positivos con la
familia y la comunidad exterior es fundamental. Las visitas, llamadas,
comunicaciones y el apoyo familiar pueden ser un factor determinante.
4. Obtener una oferta laboral: Es importante lograr este “aval” laboral
para acreditar a la Junta de Tratamiento la capacidad de trabajar y subsistir
alejado de la comisión de posibles delitos.
5. Buscar asesoramiento penitenciario especializado: Contar con un
abogado experto en Derecho Penitenciario es vital para preparar la solicitud
de tercer grado, asegurarse de que se cumplan todos los requisitos legales y recurrir posibles denegaciones. Este profesional también puede elaborar la
mejor estrategia de defensa para obtener el tercer grado lo antes posible
analizando los elementos mejorables del expediente, corrigiendo los
desfavorables y, llegado el caso, obteniendo el tercer grado por la vía
judicial.