Cuando un familiar ingresa en la cárcel, surgen muchas preguntas e inquietudes. La necesidad de mantenerse en contacto con esa persona es, sin duda, una de las principales preocupaciones de la familia. ¿Cómo podemos hablar con ellos? ¿Cómo se organizan las llamadas o videollamadas? Y, sobre todo, ¿cómo se puede garantizar que el vínculo familiar no se vea tan afectado por la distancia y las barreras físicas?
Este artículo pretende dar respuesta a las dudas más comunes que tienen los familiares sobre las comunicaciones telefónicas y videollamadas con las personas que se encuentran privadas de libertad en España. Abordaremos de manera clara y práctica los detalles sobre este proceso, con la intención de ayudar a mantener ese contacto tan necesario en estos momentos.
¿Puedo llamar a la persona interna directamente?
Una de las primeras preguntas que surgen es si es posible llamar al centro penitenciario y pedir hablar con la persona interna. Sin embargo, las comunicaciones en prisión están organizadas de manera distinta. Es la persona privada de libertad quien debe realizar la llamada, y para ello, existen normas específicas que varían según la cárcel.
¿Cuántas llamadas puede hacer una persona en prisión?
Actualmente, las personas en prisión pueden realizar hasta 20 llamadas telefónicas o videollamadas por semana a familiares y amigos previamente autorizados. Es importante destacar que este límite no incluye las llamadas a los abogados defensores, las cuales no están restringidas. Este es un pequeño alivio para aquellos que necesitan mantener contacto frecuente con sus letrados para avanzar en sus procesos judiciales.
Proceso de autorización para llamadas
No todos los números de teléfono pueden ser utilizados para estas llamadas. Los números deben estar previamente autorizados por la prisión Para ello, el familiar o amigo deberá proporcionar ciertos documentos que acrediten su identidad y relación con la persona interna. Estos documentos incluyen:
– Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.
– Fotocopia del libro de familia en caso de ser un familiar directo.
– Factura telefónica donde se refleje el número a autorizar.
Una vez que la persona privada de libertad recibe estos documentos, deberá presentarlos al departamento correspondiente de la prisión para que se proceda a la autorización. Este proceso suele tardar unos 3 días.
Los centros penitenciarios tienen limitados los números a los que se puede llamar desde prisión. Los internos sólo pueden tener 10 números de teléfono autorizados para llamar a amigos y familiares.
Llamadas a cobro revertido: una opción en caso de necesidad
En situaciones donde la persona interna no dispone de saldo, es posible que pueda realizar llamadas a cobro revertido. No obstante, esta opción está sujeta a limitaciones, y solo se permite cuando el interno no tiene otros medios para comunicarse desde la cárcel.
¿A qué horas se pueden hacer las llamadas?
Las llamadas y videollamadas se pueden realizar durante las horas de “paseo” en la prisión. Este horario varía ligeramente entre los distintos centros, pero suele estar comprendido entre las 8:30 y las 14:00 horas, y entre las 16:30 y las 19:30 horas. Fuera de este horario, las comunicaciones no están permitidas. Lo habitual es que los teléfonos se activen desde el momento en que se abren las celdas y empiezan a bajar los internos hasta que se sube para el cierre y recuento.
Duración y coste de las llamadas
Cada llamada tiene una duración máxima de ocho minutos. Si bien este tiempo puede parecer corto, es una oportunidad valiosa para mantener el contacto y saber cómo se encuentran nuestros seres queridos en prisión.
El coste de las llamadas varía según el tipo de número al que se llame. Las llamadas más económicas son las realizadas a números fijos, con un coste aproximado de 0,28 euros por los 8 minutos. Las llamadas a móviles son más caras, llegando a costar 1,70 euros, mientras que las videollamadas suelen tener un coste de alrededor de 2,80 euros por llamada.
En los últimos años se ha incrementado notablemente el número y duración de las llamadas, abaratando algo el coste de las mismas, aunque algunas todavía son muy caras, introduciendo las videollamadas y evitando que se contabilicen dentro del cupo de 20 llamadas las que se realizan al abogado.
Cómo recargar el saldo de las llamadas
- Para que la persona interna en prisión pueda realizar llamadas, es necesario que disponga de saldo en su cuenta de peculio. Este saldo se puede recargar de dos maneras:
A través del economato de la prisión, donde el interno puede comprar recargas de 5 euros o de 10 euros (PIN telefónico) con su saldo disponible en la cuenta/tarjeta de peculio. - Los familiares también pueden realizar recargas mediante la empresa Mytelio, un sistema que permite gestionar estos pagos desde el exterior, por medio de su APP o página web.
¿Qué hacer si el terminal no funciona bien?
Es posible que, en ocasiones, el terminal telefónico no funcione correctamente. Si esto sucede, la persona interna puede informar al funcionario encargado para que emita un parte y se proceda a la reparación lo antes posible. Por lo general, los fallos se resuelven rápidamente y si se corta la llamada puedes solicitar que te la reincorporen al cupo de llamadas semanales.
Este artículo pretende ser una guía clara y útil para todas las familias que desean mantenerse en contacto con sus seres queridos en prisión. Aunque el sistema de llamadas y videollamadas puede parecer complejo al principio, con la información adecuada y un poco de paciencia, es posible mantener el vínculo afectivo incluso en circunstancias tan difíciles.
El teléfono: mantener la cercanía a pesar de la distancia.
No cabe duda de que las llamadas y videollamadas en la cárcel juegan un papel crucial en el bienestar emocional tanto de las personas en prisión como de sus familias. A través de ellas, se puede mantener viva la esperanza, compartir momentos importantes y ofrecer el apoyo necesario para atravesar juntos este difícil proceso. Es una forma de demostrar que, a pesar de las barreras físicas, el amor y la familia siguen siendo lo más importante.
Es importante tener presente que, en la mayoría de las ocasiones, no hay demasiada intimidad cuando se habla por teléfono porque suele haber compañeros o funcionarios cerca, que con frecuencia hay que esperar largas colas para llamar y que los internos tienen horarios y obligaciones que cumplir por lo que pueden retrasarse.
En caso de dudas o problemas con la prisión, recuerda que López Viejo Abogados siempre te acompañará en todo momento y te ayudará a que tu ser querido recupere la libertad, lo antes posible. Estamos especializados en Derecho Penitenciario.





